La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) emitió cuatro resoluciones a través del Boletín Oficial, en las que prohibió la venta y fabricación de varios productos debido a que no cumplían con los requisitos mínimos para su comercialización.
Entre los productos afectados se encuentran dos marcas de aceite de oliva, una marca de azúcar y un suplemento vitamínico.
Según la Anmat, estas medidas fueron tomadas luego de detectar graves irregularidades en los registros sanitarios y el etiquetado de los productos, lo que representa un riesgo para la salud pública.
Azúcar prohibida
En primer lugar, la disposición 348/2025 prohibió la venta del azúcar común tipo A bajo la marca “Alex”, proveniente de Ing. Concepción, San Miguel de Tucumán, y fraccionado por Azúcares del Oeste S.R.L. Según el informe de la Anmat, el producto carecía de registros sanitarios válidos, tanto del Registro Nacional de Establecimientos (RNE) como del Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA), lo que dejaba al producto fuera de la legalidad.
Además, la razón social de la empresa fraccionadora no existía, y el producto estaba falsamente rotulado.