El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que, a través del decreto 368/2025, el ejecutivo municipal prorrogó hasta el 30 de abril de 2025 el plazo para inscribir los usuarios comerciales que establece el artículo 132° de la Ordenanza Tributaria en el “Padrón de Beneficiarios Usuarios Comerciales”.
En cuanto a la forma más sencilla de tramitar la mencionada exención, se sugiere ingresar al sitio arca.gob.ar con CUIT y Clave Fiscal y luego seleccionar el servicio “Municipalidad de Concordia – Portal Ciudadano”. Acto seguido seleccionar “Declaración Jurada de Tasa Comercial” y luego, dentro del “Padrón de Beneficiarios”, hacer clic en “Solicitar Exención”.
Vale recordar que pueden acceder al beneficio los usuarios de tasas comerciales inscriptos en la Tasa Comercial y que cumplan con los requisitos establecidos en la ordenanza tributaria vigente; esto es: inscribirse en el padrón de beneficiarios usuarios comerciales, antes del 30 de abril del corriente; estar al día con el pago de la Tasa Comercial (no se considerará al día las deudas consolidadas en planes de pago); y haber cancelado el período anterior.
Cabe mencionar que el plazo para tramitar la exención había sido establecido inicialmente hasta el 31 de marzo pasado (ver: https://www.centrodecomercio.org.ar/noticias/1300_tramite-para-obtener-el-descuento-del-50-en-la-tasa-de-alumbrado.html ) y que luego de tratativas llevadas a cabo desde la Institución, el Municipio definió extender el período por un mes.
Ante cualquier duda o inquiteud, la Entidad recomienda consultar con el profesional contable de cabecera o bien tomar contacto con la Dirección de Rentas del Municipio a través del correo tasacomercial@concordia.gob.ar o de la línea fija 422-8518 (Rentas).